¿Cómo me empadrono en España? Empadronamiento de inmigrantes


¿Qué es el padrón municipal?

 El Padrón Municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. 

 Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que reside habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en aquel en el que habite durante más tiempo al año. 

La inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes es un requisito imprescindible para la realización de un gran número de trámites administrativos, así como, para acceder a multitud de servicios municipales y ayudas de carácter benéfico o social como: 

- Obtención de documentos como el DNI, pasaporte o carné de conducir.

 - Gestiones relacionadas con la contratación de servicios de suministro de luz, el teléfono o el gas.

 - Acreditación de domicilio para la matriculación en colegios, escuelas o universidades. - Inclusión en el censo electoral. 

- Solicitud de determinadas prestaciones de carácter social, como por ejemplo el acceso a viviendas de protección oficial y de promoción pública, salarios sociales y subsidios, ayudas económicas a las familias con pocos recursos o ayudas para el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. 

Los  Negociados de Estadística de los diferentes municipios realizarán las siguientes gestiones referentes al Padrón Municipal de Habitantes: 

- Altas en el Padrón. 

- Modificación por Cambio de Domicilio.

 - Modificación por Cambio de Datos Personales. 

- Altas por Nacimiento. 

- Bajas por Defunción. 

- Bajas por Cambio de Domicilio a otro Municipio.

- Solicitud de Certificados o Volantes de Empadronamiento. 

Altas en el Padrón: 

Documentación necesaria para tramitar el alta en el Padrón Municipal de Habitantes:

 - Hoja padronal debidamente cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad incluidos en la misma facilitada en el Negociado de Estadística, en las Oficinas Municipales o puede descargarla en la página web del Ayuntamiento 

- Documento que acredite la identidad de las personas inscritas (D.N.I., Tarjeta de extranjero, permiso de residencia, pasaporte. En el caso de nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, Tarjeta de identidad vigente).

 - Documento que acredite la ocupación legítima de la vivienda (escritura o contrato de arrendamiento y factura actual expedida por compañía suministradora de agua o recibo basura). 

- Si ninguno de los solicitantes posee alguno de los títulos anteriormente citados de la nueva vivienda, será necesario que el propietario lo acredite mediante los documentos indicados antes y suscriba el impreso de autorización (facilitado en la Unidad de Estadística u Oficinas Municipales) que deberá firmar, adjuntándose fotocopia de su D.N.I.

 

Advertencia: La inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente deberá ser objeto de renovación periódica cada 2 años. El Ayuntamiento tiene potestad para declarar la caducidad de inscripciones que deban ser objeto de renovación periódica, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación. En este caso, la caducidad podrá declararse sin necesidad de audiencia del interesado. 

Modificación por Cambio de Domicilio: 

Cuando se produce un cambio de domicilio, el interesado, o persona debidamente autorizada, debe solicitar la realización de dicho cambio en el Padrón Municipal de Habitantes. 

Documentación necesaria para tramitar el cambio de domicilio en el Padrón Municipal de Habitantes: 

- Hoja padronal cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad incluidos en la misma facilitada en el Negociado de Estadística, en las Oficinas Municipales o puede descargarla en la página web del Ayuntamiento.

 - Documento que acredite la identidad de las personas inscritas (DNI, pasaporte, permiso de residencia y tarjeta de extranjero. 

- Para menores de 15 años, el Libro de Familia). 

- Justificante de la nueva vivienda (escritura o arrendamiento o cualquier contrato, factura actual expedida por compañía suministradora agua o recibo basura). Si ninguno de los solicitantes posee alguno de los títulos anteriormente citados de la nueva vivienda, será necesario que el propietario lo acredite mediante los documentos indicados antes y suscriba el impreso de autorización (facilitado en la Unidad de Estadística u Oficinas Municipales) que deberá firmar, adjuntándose fotocopia de su DNI.

 

Modificación por Cambio de Datos Personales: 

Cuando se produce alguna modificación en los datos personales, el interesado, o persona debidamente autorizada, debe solicitar la realización de dicho cambio en el Padrón Municipal de Habitantes, presentando documento de identidad original.

 Altas por Nacimiento:

 El INE manda boletines demográficos a los distintos ayuntamientos, con los datos enviados por el registro civil, dichos boletines contienen los datos para dar de alta por nacimiento al ciudadano en el Padrón Municipal de Habitantes. 

En el caso que se necesite el alta se deberá presentar libro de familia original y documento de identidad del padre o la madre en el Negociando de Estadística u Oficina Municipal.

 Bajas por Defunción: 

El INE manda boletines demográficos a los ayuntamientos, con los datos enviados por el registro civil, dichos boletines contienen los datos para dar de baja por defunción al ciudadano en el Padrón Municipal de Habitantes. 

En el caso que se necesite la baja se deberá presentar certificado de defunción en el Negociando de Estadística u Oficina Municipal. 

Bajas por Cambio de Residencia:

 El Ciudadano no necesita realizar ningún trámite en este Ayuntamiento, solo inscribirse en el Municipio de nueva residencia. 

Solicitud de Certificados o Volantes: 

Para la solicitud de Certificado o Volante se deberá presentar: 

DNI del interesado, Tarjeta de extranjero, permiso de residencia, pasaporte, o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de Estados miembros de la Unión Europea (si es solicitado por otra persona que no sea el interesado: fotocopia del documento de identidad presentado y autorización del interesado), tanto para Certificados como para Volantes.

 Para los menores no emancipados, es necesario el DNI, tarjeta de extranjero, permiso de residencia, pasaporte, o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de estados miembros de la Unión Europea, de sus padres o representantes legales. Para el certificado de una persona fallecida se aportará el DNI, tarjeta de extranjero, permiso de residencia, pasaporte o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de estados miembros de la Unión Europea, y el Certificado de Defunción o el Libro de Familia. El certificado de una persona fallecida puede solicitarlo cualquier persona que acredite un interés legítimo (descendientes, cónyuge, ascendientes o personas autorizadas por éstos). 

Los Certificados o Volantes de empadronamiento se podrán solicitar en los ayuntamientos

Certificado de empadronamiento: Es el documento que tiene carácter de documento público y fehaciente a efectos administrativos, en relación con la residencia y el domicilio habitual en el municipio. Se exige en los casos en que el documento tenga que surtir efectos ante organismos judiciales, militares o autoridades extranjeras, en trámites ante el Registro Civil, matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos y adopciones, declaraciones de herederos, Dirección de Aduanas, etc. 

Volante de empadronamiento: Documento de carácter informativo en relación con la residencia y el domicilio habitual en el municipio. Es válido para tramitación del DNI, pasaporte, matriculación de vehículos, escuelas deportivas municipales, ayudas de Servicios Sociales, solicitud de prestación por desempleo, etc. en los que no se exija expresamente el certificado. 

Usos de los  Certificados y Volantes de empadronamiento: 

Volante de empadronamiento:

 - Matrículas de instituto, colegios y guarderías. - Trámites ante el Servicio Andaluz de Empleo. - Obtención del D.N.I. tanto nuevo como renovación.- Obtención del Pasaporte, nuevo como renovación. - Tarjeta de Residencia o Permiso de Trabajo. - Tarjeta de la Seguridad Social.- Jefatura de Tráfico (altas, transferencias, matriculación, modificación datos...).- Trámites con Agencia Tributaria.- Adopciones nacionales e internacionales (inicio del trámite). - Colegiación ante colegios profesionales. - Cursos de formación. - Instalaciones municipales (piscinas, escuela de música...). - Matrimonio civil. - Régimen Especial Agrario. - Parejas de hecho. - Padrón de perros peligrosos. - Tramitaciones varias: renovaciones de créditos, adquisición de primera vivienda. 

Certificado de empadronamiento:

 - Pensiones non contributivas (10-5 años) (invalidez, jubilación, etc.). - Adquisición nacionalidad española. - Pensiones del extranjero. - Otros trámites ante el juzgado. - Otros trámites notariales. - Adopciones internacionales (cuando ya está concedida la adopción, para finalizar el trámite). 

Comentarios

Entradas populares de este blog

Información teléfono y procedimiento cita asilo Almería

El informe de arraigo التجذي

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DEL HIJO DE RESIDENTE LEGAL NACIDO EN ESPAÑA