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¿Cómo me empadrono en España? Empadronamiento de inmigrantes

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¿Qué es el padrón municipal?  El Padrón Municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo.   Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que reside habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en aquel en el que habite durante más tiempo al año.  La inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes es un requisito imprescindible para la realización de un gran número de trámites administrativos, así como, para acceder a multitud de servicios municipales y ayudas de carácter benéfico o social como:  - Obtención de documentos como el DNI, pasaporte o carné de conducir.  - Gestiones relacionadas con la contratación de servicios de suministro de luz, el teléfono o el gas.  - Acreditación de domicilio para la matriculación en colegios, escuelas ...

Información teléfono y procedimiento cita asilo Almería

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¿A quién  concede España protección internacional?  • A los refugiados, es decir, a las personas que tengan un temor fundado a ser perseguidas en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual. A los refugiados se les concede el derecho de asilo.  • A los extranjeros que no son refugiados pero que no pueden regresar a su país de origen por existir motivos fundados de que suponga un riesgo real de sufrir alguno de estos daños: - Condena a pena de muerte. - Tortura o tratos inhumanos o degradantes. - Amenazas graves contra la vida o la integridad como consecuencia de situaciones de violencia indiscriminada. Estas personas recibirán protección subsidiaria. Si Usted está en una de las situaciones anteriores y necesita protección de las autoridades españolas debe presentar una solicitud de protección internacional. La presentación de la solicitud supone la valoración de ambas situ...

EL FRAUDE EN EL ARRAIGO (LA COMPRA DEL CONTRATO) التجذي

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  En no pocas ocasiones, ocurre que la oferta de trabajo propuesta para presentar la solicitud de arraigo,  bien ha sido comprada por el extranjero   o bien ha sido realizada por un conocido que tiene una empresa o que le va a contratar como empleado de hogar (servicio doméstico). Siempre, absolutamente siempre, el extranjero debe huir de este tipo  tipo de ofertas por varias razones. · En primer lugar porque  se podría descubrir el fraude y se derivarían responsabilidades administrativas o penales, por lo tanto,  no debe comprarse una oferta de trabajo, ni aportar la oferta de trabajo de un amigo si realmente no se va a trabajar con esa empresa o empleador. · Si durante tramitación de la solicitud la Oficina de  Extranjería detecta o intuye que se trata de un fraude,  remitirá el expediente a la Inspección de Trabajo y si finalmente se constata  que   la oferta es falsa, el empleador se  enfrentará a graves consecuenc...

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DEL HIJO DE RESIDENTE LEGAL NACIDO EN ESPAÑA

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  1.- NORMATIVA DE APLICACIÓN:  Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículos del 16 al 19 y 31).   Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 185). 2.- TIPO DE AUTORIZACIÓN:  Se trata de una autorización de residencia que adquieren los hijos nacidos en España de extranjero que se encuentre residiendo legalmente en España.  Los hijos nacidos en España de padre o madre reconocidos como refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria pueden optar entre solicitar la extensión familiar del derecho de protección internacional o una autorización de residencia, en función del interés superior del menor.   3.- REQUISITOS NECESARIOS:  1. No ser ciudadano comunitario, ni familiar de ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza al que le sea de aplicación el régimen comuni...

El Tribunal Supremo modifica doctrina: La multa como sanción preferente en caso de estancia irregular sin circunstancias agravantes

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  Recientemente la sala contencioso administrativo del Tribunal Supremo  en sendas sentencias   STS 1140/2023 de 18 de  septiembre y  STS  4327/2023 ECLI.ES:TS:2023:4327 de fecha 24 de  octubre va a  matizar su anterior doctrina y va a fijar la sanción de multa  como  preferente a imponer a aquellos ciudadanos extranjeros que  se  encuentren en situación irregular. "Por lo tanto y en relación con la  pregunta  casacional  podemos anticipar  que la sanción a  imponer de forma preferente a los extranjeros que  hayan  incurrido en las conductas tipificadas como graves en el  art.  53.1.a) Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, es la  de multa, siempre  que no concurran circunstancias  agravantes añadidas a su situació n  irregular. Así lo  impone el art. 57 de la Ley de Extranjería que establece   prima facie  la sanción de multa a las infr...

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES DE MUJERES EXTRANJERAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

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  La  mujer  extranjera  que  denuncia  una  situación  de malos  tratos  podrá  solicitar  una  autorización  de residencia por circunstancias excepcionales. Los trámites de este procedimiento y los requisitos exigidos están regulados en el artículo 31 bis de la Ley de Extranjería en su redacción dada conforme a la L.O 10/2011, de 27 de julio. Normativa  Art. 31 bis según redacción  LO 10/2011 y Art. 131 y ss Reglamento de Extranjería. Procedimiento En las dependencias policiales será   informada   de   que   tiene   garantizados   los   derechos   reconocidos   en   la   Ley   Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, así como las medidas de protección y seguridad establecidas en la legislación vigente. NO SE INCOARÁ...

El informe de arraigo التجذي

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El informe de arraigo es necesario para aquellos ciudadanos extranjeros que, residiendo en cualquiera de los municipios de la provincia de Almería, vayan a solicitar ante la Oficina de Extranjería de Almería una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social (Con carácter general, este informe no procede en los procedimientos de arraigo laboral o familiar) Dicho informe, no obstante, no será vinculante para la Administración que resuelva la solicitud de autorización de residencia. No obstante, lo habitual es que, cuando exista un informe de este tipo, la Administración conceda la autorización de residencia (sin autorización para trabajar) si se cumplen los demás requisitos. Por tanto, aunque se tengan familiares residentes legalmente en España, si no se presenta contrato de trabajo con la solicitud de arraigo será necesario el informe de integración donde se recomiende la no exigencia de contrato de trabajo. En  caso  de  que...